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La siguiente es la peticion que se estra tramitando hacia la corte constitucional para el caso DMG, si lo desea copie este documento e imprimalo para su difusion.
Bogotá D.C., diciembre de 2008 Señores MAGISTRADOS CORTE CONSTITUCIONAL Bogotá D.C. E. S. D. Ref. Petición de interés general. Nosotros los firmantes, todos mayores de edad, identificados como aparece al pie de nuestras firmas, tarjetahabientes de la Comercializadora DMG Grupo Holding S.A.; actuando bajo la facultad que nos otorga el art. 23 de la Carta Política y art. 5 y ss. del C.C.A. Solicitamos a ustedes de manera comedida se pronuncien de forma solicita sobre la constitucionalidad de los decretos extraordinarios 4333, 4334 y 4335 del 17 de noviembre de 2008, expedidos por el Gobierno Nacional, en los cuales toma la decisión de declarar el Estado de Emergencia Social; desconociendo la legalidad de la Empresa DMG Grupo Holding S.A. Nit. 900091410-0, la cual fue autorizada para comercializar bienes y servicios por la Cámara de Comercio, mientras el Estado a nivel Nacional y el Distrito de manera local recaudaban impuestos a través de la DIAN y la Secretaria de Gobierno respectivamente. Lo anterior con el fin de que cese la violación de los Derechos Constitucionales y garantías judiciales a millones de colombianos víctimas de la
intervención del Gobierno. La petición la fundamentamos en las siguientes consideraciones: 1. Desde hace tres años instituciones gubernamentales han estado investigando a la Comercializadora DMG Grupo Holding S.A., sin encontrar pruebas que demostraran que dicha empresa manejara operaciones de enriquecimiento ilícito, lavado de activos o de captación masiva y habitual de dineros. 2. Hasta el día 14 de noviembre del presente año el Fiscal General de la Nación MARIO IGUARAN, en su competencia, declaró de manera pública que NO existían pruebas en contra de nuestra Empresa. Además, ningún tarjetahabiente instauró denuncia alguna en contra de la Comercializadora DMG. 3. Con la intervención del Estado en la expedición de los decretos 4333, 4334 y 4335 del 17 de noviembre de 2008 se quebrantan los siguientes derechos; al debido proceso, a la presunción de inocencia, al trabajo, a la igualdad, a la libre asociación, a la vida, y a la misma en condiciones dignas, a la información veraz, a la honra y el buen nombre, a los cuales tenemos derecho todos los colombianos.
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